
Presentadas las Alegaciones en contra de la Planta de Compost Tóxica en Vega del Esla (Reliegos de las Matas) #StopLodos
Esta tarde, a las 18:00 Horas, se ha presentado ante la Junta de CyLeón las alegaciones realizadas por Stop Expolio y apoyadas y firmadas por 162 personas que a lo largo de estas 3 últimas semanas han participado en la recogida de firmas por internet contra la planta tóxica que se quiere instalar en Reliegos de las Matas (León).
Las alegaciones presentadas han sido enviadas a la Dirección General de Calidad y Sostenibilidad Ambiental de la Consejería de Fomento y Medio Ambiente de la Junta de Castilla y León, a la Diputación Provincial de León, al Ayuntamiento de Santas Martas y al Ministerio de Agricultura, Pesca, Alimentación y Medio Ambiente dirigiéndose a la Red Hidrográfica del Duero.
Las alegaciones son las siguientes:
Nº Expte.: AA-LE-002/16
BOCyL 28 Noviembre 2016”
Proyecto.: Planta de Compostaje”
Empresa.: AGRO GESTIÓN INTEGRAL SOCIEDAD COOPERATIVA”
162 personas cuyos datos y nombres se adjuntan al presente documento presentan las siguientes alegaciones. Comparecemos y, como mejor proceda en Derecho, EXPONEMOS:
Que con fecha 28 de Noviembre de 2016 se ha publicado en el BOCyL el INFORME de IMPACTO AMBIENTAL del proyecto Planta de compostaje presentado por la empresa AGRO GESTIÓN INTEGRAL SOCIEDAD COOPERATIVA, concediendose el plazo legal para la presentación de alegaciones, por lo que, dentro del plazo conferido, presento las siguientes
ALEGACIONES
Primera.– La actividad que se pretende llevar a cabo contaminará los acuíferos, lo que repercutirá en los manantiales y fuentes, degradando la calidad de vida de los vecinos, residentes y visitantes de los pueblos afectados, vulnerandose la normativa sectorial aplicable.
Segunda.- Se proyecta crear un foco de malos olores y contaminación aérea, cuyo impacto no ha sido evaluado adecuadamente y que, asimismo, afectará negativamente la calidad de vida de los habitantes y residentes de todo el entorno.
Tercera.- No ha sido tenida en cuenta la normativa de protección del Camino de Santiago, que discurre próximo al lugar donde se pretende imlantar el proyecto contaminante.
Cuarta.- El proyecto perjudicará la economía de la comarca, así como el asentamiento de nuevos pobladores. Cuestiones que se deben tener, asimismo, en cuenta en un análisis de Medio Ambiente amplio y no restrictivo y especulativo como el que se aplica por la Junta de Castilla y León.
Quinta.- Los residuos urbanos e industriales deben ser resueltos en el lugar en que se producen, debiendo desarrollar los conocimientos científicos de que se dispone y habilitando fondos a los magníficos investigadores que la administración tiene minusvalorados, así como aplicando sistemas que ya vienen funcionando en la sociedad avanzada.
Sexta.- Incumple con la normativa legal de construcción de industria en terreno agropecuario, cuando debería ser en terreno industrial ya que el terreno pertenece a terreno agropecuario vinculado a explotaciones agropecuarias.
Séptima.- El proyecto tiene dimensiones gigantescas. Téngase en cuenta, por ejemplo, que toda la producción de lodos de depuradora de Castilla y León en 2012 fue de 65.000t/año (según datos del PEMAR) y en Santas Martas se quiere montar una instalación con capacidad muy superior. La gestión de todo tipo de residuos debe de hacerse con criterios de proximidad y autosuficiencia en instalaciones que no deberían sobrepasar la escala local o comarcal. Sólo por este motivo el proyecto debe rechazarse.
Octava.- El compostaje debe realizarse en naves cerradas para evitar la dispersión de malos olores y en este proyecto los lodos serán tratados al aire libre.
Novena.- Se desconoce el origen de los residuos que podrían a llegar a Santas Martas (sólo se identifica la procedencia lodos de la EDAR de León). También se desconocen las parcelas donde se verterá la producción resultante.
Décima.- Hay riesgo de inundación y desbordamiento de la materia que se va a compostar y que se va a verter. Causando grave riesgo de contaminación en los terrenos colindantes, privados y de origen comunal, pudiendo incurrir en un delito medioambienta. No hay estudio tratado a este asunto en el EIA. Ni un estudio sobre la legislación que proceda. Ya que tampoco hay un estudio en caso de que rompiera la bolsa de la balsa pudiendo contaminar así mismo el arroyo de ValdeArcos.
Undécima.- Contaminación de acuíferos en un radio de 40 Km a la redonda. Ver Mapa Geológico del Ministerio de Medioambiente. Contaminación de balsas de agua potable.
Duodécima.- Peligro de fuga aérea ya que no dispone de instalación de cubierta para la clase de alta contaminación de los materiales que se van a tratar en dicha planta.
Decimotercero.- La distancia mínima exigida legalmente de una instalación de planta de compostaje a una zona urbana, es de una distancia no prevista en la planta de compostaje. Por lo que incumple en buena medida la ley en riesgo de contaminación sobre la población.
Decimocuarto.- La distancia mínima exigida legalmente para la instalación de una planta de compostaje a una zona de la red de hidrógráfica del Duero no está prevista en el proyecto de dicha planta de compostaje. Por lo que incumple en buena medida el riesgo por contaminación y las leyes aplicadas a este precepto.
Decimoquinto.- Dos zonas de fuerte enclave ecológico se ubican muy cerca de la zona donde se quiere instalar la Planta de Compostaje, con alto valor ecológico por estar protegido legalmente en la red nacional e internacional de la red Natura 2000 y enclave protegido por la UE. Denominado zona ZEPA LA MATA DEL MORAL
Decimosexto.- Posible fallo para la Junta de Castilla y León de permisión y sumisión de las leyes regidas en estos casos de medioambiente y construcción industrial.
Decimoséptimo.- Incurrir en un delito de protección sobre el camino de Santiago, protegido por los mecanismos autónomicos y provinciales de protección legal y completa del espacio destinado para el camino de Santiago sobre el tránsito de población. En un promedio de 40.000 personas al año.
Decimoctavo.- No hay carreteras destinadas al tránsito de carga de camiones de alto tolenage. Y no se dispone de carreteras habilitadas para carga de material peligroso, Por lo que añade un problema de legalidad no resuelto.
Por lo expuesto
SOLICITAMOS teniendo por presentado el presente escrito de alegaciones en tiempo y forma, se sirva admitirlo; y, en su virtud, y previos los trámites de Ley, se declare el proyecto perjudicial para el Medio Ambiente y el entorno humano que en él habita y utiliza como lugar de esparcimiento.
Es de Justicia, que se pide en León, 12 de enero de 2016.
La lucha contra esta planta de compost tóxica, acaba de empezar. Haremos todo lo que tengamos en nuestras manos, por el bien de todos los pueblos de la Comarca de Vega del Esla, por defender las Juntas Vecinales y para preservar nuestro entorno natural tan degradado por los últimos años.
Cualquier ayuda o aportación en esta lucha es bienvenida,
contacta con nosotros
prensa@stopexpolio.com
Seguiremos recogiendo firmas, para posibles denuncias en la página de esta misma web
Petición de firmas contra la Planta Tóxica en la Vega del Esla #StopLodos
#StopLodos
Salud y lucha
La coordinadora de defensores de los bienes comunales
#StopExpolio