
NOTA DE PRENSA: STOP EXPOLIO DE LOS BIENES COMUNALES. La planta de compostaje ilegal de residuos altamente tóxicos vuelve a intentar implantarse en Reliegos, León.
ARTÍCULO 5 DE MARZO 2020: NOTA DE PRENSA STOP EXPOLIO DE LOS BIENES COMUNALES
Los residuos tóxicos quieren venir a León
La Consejería de Fomento y Medio Ambiente de la Junta de Castilla y León el día 14 de Febrero de 2020, ha dictado resolución favorable de Evaluación Ambiental por la declaración de impacto ambiental sobre el proyecto de planta de compostaje en el término municipal de Santas Martas (León), promovido por «Agro Gestión Integral, Sociedad Cooperativa», en relación con los proyectos que deban ser autorizados o aprobados por la Administración de la Comunidad de Castilla y León.
Para llevar a cabo esta iniciativa se necesita la aprobación de la licencia que otorga el ayuntamiento de Santas Martas en el municipio de Reliegos, por lo que esperamos fehacientemente que respete a la Junta Vecinal de Reliegos en la negativa de implantar una planta de compostaje tóxica que repercutiría en la vida de los ciudadanos, en el ecosistema y en la economía local.
La alcaldesa de Santas Martas, Mª Aranzazu Lozano, en declaraciones a Stop Expolio, ha dicho que las actuaciones las decidirán en pleno y que presentaran alegaciones en contra de ese nefasto proyecto; sin embargo, volviendo al 2016, hace cuatro años ya tuvieron la primera responsabilidad en la posible instalación de esa planta de residuos altamente tóxicos al cambiar la calificación del suelo donde se va a construir de rústico a industrial, dando vía libre a la implantación del proyecto. Si ahora es cierta su posición, deberían actuar en consecuencia negándose a aprobar la licencia final.
Los lodos de las depuradoras pueden servir como abono de las tierras de cultivo, pero su acumulación en gran cantidad, tal y como se pretende en esta planta, puede filtrar lixiviados tóxicos a las aguas subterráneas, contaminándolas.
Mansilla de las Mulas, Santa Cristina de Valmadrigal, Sahelices de Payuelos también se manifestaron en contra de este proyecto que también les afecta por ser municipios colindantes.
En consecuencia, La Vega del Esla se encuentra en peligro por este proyecto de Planta de Compostaje para el Almacenamiento de Residuos Tóxicos Sin Procesar sin las debidas instalaciones legales y mucho menos seguras que tendrían que albergar el monumental vertido claculado en 224 toneladas diarias.
El vertedero de lodos estará situado en una zona sobre elevada, de terreno permeable, en la localidad de Reliegos de las Matas (León) que pondrá en peligro el acuífero que comparte con Sahagún, Albires, Mansilla de las Mulas y Gradefes.
Asímismo afectará a un enclave protegido ZEPA (Zona Especial de Protección para las Aves) de la Red Natura 2000.
La construcción de la planta de compostaje se pretende ubicar a menos de 50 metros de los manantiales, que representan la principal fuente de agua potable que abastece a varias comunidades y a sus habitantes. Además de no cumplir la normativa de distancia mínima requerida con el casco urbano, es finalmente un grave perjuicio al Camino Francés, emblema del Camino de Santiago, a su paso por la provincia de León.
Stop Expolio defiende las juntas vecinales y sus comunales; por ende, presentará las siguientes alegaciones para impedir el proyecto:
Primera.– La actividad que se pretende llevar a cabo contaminará los acuíferos, lo que repercutirá en los manantiales y fuentes, degradando la calidad de vida de los vecinos, residentes y visitantes de los pueblos afectados, vulnerándose la normativa sectorial aplicable.
Segunda.- Se proyecta crear un foco de malos olores y contaminación aérea, cuyo impacto no ha sido evaluado adecuadamente y que, asimismo, afectará negativamente la calidad de vida de los habitantes y residentes de todo el entorno.
Tercera.- No ha sido tenida en cuenta la normativa de protección del Camino de Santiago, que discurre próximo al lugar donde se pretende implantar el proyecto contaminante.
Cuarta.- El proyecto perjudicará la economía de la comarca, así como el asentamiento de nuevos pobladores. Cuestiones que se deben tener, asimismo, en cuenta en un análisis de medio ambiente amplio y no restrictivo y especulativo como el que se aplica por la Junta de Castilla y León.
Quinta.- Los residuos urbanos e industriales deben ser resueltos en el lugar en que se producen, debiendo desarrollar los conocimientos científicos de que se dispone y habilitando fondos a los magníficos investigadores que la administración tiene minusvalorados, así como aplicando sistemas que ya vienen funcionando en la sociedad avanzada.
Sexta.- Incumple con la normativa legal de construcción de industria en terreno agropecuario, cuando debería ser en terreno industrial ya que el terreno pertenece a terreno agropecuario vinculado a explotaciones agropecuarias.
Séptima.- El proyecto tiene dimensiones gigantescas. Téngase en cuenta, por ejemplo, que toda la producción de lodos de depuradora de Castilla y León en 2012 fue de 65.000t/año (según datos del PEMAR) y en Santas Martas se quiere montar una instalación con capacidad muy superior. La gestión de todo tipo de residuos debe de hacerse con criterios de proximidad y autosuficiencia en instalaciones que no deberían sobrepasar la escala local o comarcal. Sólo por este motivo el proyecto debe rechazarse.
Octava.- El compostaje debe realizarse en naves cerradas para evitar la dispersión de malos olores y en este proyecto los lodos serán tratados al aire libre.
Novena.- Se desconoce el origen de los residuos que podrían a llegar a Santas Martas (sólo se identifica la procedencia lodos de la EDAR de León). También se desconocen las parcelas donde se verterá la producción resultante.
Décima.- Hay riesgo de inundación y desbordamiento de la materia que se va a compostar y que se va a verter. Causando grave riesgo de contaminación en los terrenos colindantes, privados y de origen comunal, pudiendo incurrir en un delito medioambiental. No hay estudio tratado a este asunto en el EIA. Ni un estudio sobre la legislación que proceda. Ya que tampoco hay un estudio en caso de que rompiera la bolsa de la balsa pudiendo contaminar así mismo el arroyo de ValdeArcos.
Undécima.- Contaminación de acuíferos en un radio de 40 Km a la redonda. Ver Mapa Geológico del Ministerio de Medioambiente. Contaminación de balsas de agua potable.
Duodécima.- Peligro de fuga aérea ya que no dispone de instalación de cubierta para la clase de alta contaminación de los materiales que se van a tratar en dicha planta.
Decimotercero.- La distancia mínima exigida legalmente de una instalación de planta de compostaje a una zona urbana, es de una distancia no prevista en la planta de compostaje. Por lo que incumple en buena medida la ley en riesgo de contaminación sobre la población.
Decimocuarto.- La distancia mínima exigida legalmente para la instalación de una planta de compostaje a una zona de la red de hidrógráfica del Duero no está prevista en el proyecto de dicha planta de compostaje. Por lo que incumple en buena medida el riesgo por contaminación y las leyes aplicadas a este precepto.
Decimoquinto.- Dos zonas de fuerte enclave ecológico se ubican muy cerca de la zona donde se quiere instalar la Planta de Compostaje, con alto valor ecológico por estar protegido legalmente en la red nacional e internacional de la red Natura 2000 y enclave protegido por la UE. Denominado zona ZEPA LA MATA DEL MORAL
Decimosexto.- Posible fallo para la Junta de Castilla y León de permisión y sumisión de las leyes regidas en estos casos de medioambiente y construcción industrial.
Decimoséptimo.- Incurrir en un delito de protección sobre el camino de Santiago, protegido por los mecanismos autónomicos y provinciales de protección legal y completa del espacio destinado para el camino de Santiago sobre el tránsito de población. En un promedio de 40.000 personas al año.
Decimoctavo.- No hay carreteras destinadas al tránsito de carga de camiones de alto tolenage. Y no se dispone de carreteras habilitadas para carga de material peligroso, Por lo que añade un problema de legalidad no resuelto.
Resolución de la Consejería de Fomento y Medio Ambiente de la Junta de Castilla y León
http://bocyl.jcyl.es/html/2020/02/28/html/BOCYL-D-28022020-14.do?fbclid=IwAR33jslh3lsvSVg1C_mFbDBAQy39XtWY-LtN2DZfuupu7bExsOhgKYKm13M